Electores con Discapacidades
El Condado de El Paso ha tomado medidas para garantizar a los electores con discapacidades la posibilidad de votar con independencia y confidencialidad. Cada casilla electoral debe poner un sistema de votación compatible con ADA a disposición de los electores con discapacidades y ofrecer una boleta electoral sonora especial a los electores con deficiencias visuales o de lectura.
Asistencia en las Urnas
Dígale al funcionario electoral si usted es un elector que necesita ayuda para votar; no tiene que presentar comprobante de incapacidad.
Los electores tienen derecho a recibir asistencia si:
- No saben leer o escribir; o
- Tienen una discapacidad física que les impide leer o marcar la boleta electoral.
Los electores pueden ser asistidos por:
- Cualquier persona que el elector elija y no sea empleado electoral;
- Dos empleados electorales el Día de Elección; o
- Un empleado electoral en el período de Votación Temprana.
Los electores NO PUEDEN ser asistidos por:
- Su empleador;
- Un representante de su empleador; o
- Un funcionario o representante del sindicato.
Es ilegal que una persona que asista al elector:
- Trate de influir en el voto del elector;
- Marque la boleta electoral del elector de manera distinta a la que ha solicitado; o
- Le diga a alguien cómo votó el elector.
Aviso de Prioridad de Orden de Votación
De conformidad con la Sección 63.0015, Código Electoral de Texas: Un oficial de elecciones debe dar prioridad de orden de votación a individuos con un problema de movilidad que dificulta sustancialmente la capacidad de la persona para moverse.
- Una persona que asiste a un individuo con un problema de movilidad también puede, a petición del individuo, ser dado prioridad en el orden de votación.
- Discapacidades y condiciones que pueden calificarle para prioridad de orden de votación incluyen parálisis, enfermedad pulmonar, el uso de oxigeno portátil, deficiencia cardiaca, limitación severa en la habilidad para caminar debido a condiciones artríticas, neurológicas u ortopédicas, confinamiento de silla de ruedas, artritis, trastorno de pie, la incapacidad para caminar 200 pies sin parar para descansar, o el uso de una abrazadera, bastón, muleta u otro dispositivo de ayuda.
- Votantes que desean recibir prioridad de orden de votación, y ser aceptados para votar antes que otros en la fila para votar en el lugar de votación, pueden indicar esto a cualquier funcionario de elecciones que prestan servicios en el lugar de votación. El juez presidente de elecciones debe llevar al votante y el asistente de votante, si es aplicable, adelante al frente de la línea.
Votación en la Acera
Si un votante no puede físicamente ingresar al lugar de votación sin asistencia o existe la posibilidad de que su salud sufra daños, puede solicitar que un trabajador electoral lleve una unidad de votación durante la votación temprana o el día de las elecciones a su automóvil en la entrada del lugar de votación. A todos los votantes en la acera se les permitirá la misma privacidad que a un votante en las urnas.
De conformidad con la Sección 64.009 del Código Electoral de Texas: Si un votante no puede físicamente ingresar al lugar de votación sin asistencia o existe la posibilidad de que su salud sufra daños, un trabajador electoral puede entregarle una boleta en la entrada o en la acera del lugar de votación. Si el votante no sólo no puede físicamente ingresar al lugar de votación, sino que también es elegible para recibir asistencia para marcar su boleta:
- Dos trabajadores electorales pueden ayudar al votante (Sección 64.032(a)) o;
- El votante puede recibir asistencia de una persona de su elección, que no sea el empleador del votante o el agente de ese empleador (Sección 64.032(c); 42 U.S.C.A. 1973aa-6).
Cada lugar de votación durante el período de votación temprana o el día de las elecciones designará un espacio para la votación en la acera. Si es un votante que solicita la votación en la acera, puede llamar o enviar un mensaje de texto para solicitar ayuda. El número de teléfono se mostrará en un letrero que se colocará en el lugar designado. Le pedimos que se estacione frente al letrero para obtener ayuda.
Para obtener más información, comuníquese con nuestra oficina al 915-546-2154.
Recursos Adicionales
Texas Secretary of State: Notice of Voting Order Priority for Voters with Certain Disabilities
Texas Secretary of State: Services Available to Voters with Disabilities in Texas
Disability Rights Texas
United States Election Assistance Commission