La boleta por correo está disponible para los ancianos, los enfermos o discapacitados, los votantes encarcelados pero que aún tienen derecho a votar y los que estarán fuera del condado el día de elección. Se debe completar una Solicitud de Boleta por Correo (ABBM) y enviarla al Secretario de Votación Adelantada antes del cierre de actividades regulares de la oficina del Secretario de Votación Adelantada o a las 12 del mediodía, lo que ocurra más tarde, a los 11 días antes del día de elección, a menos que ese día sea sábado, domingo o un día festivo oficial estatal o nacional, en cuyo caso el último día es el primer día hábil regular anterior. Las solicitudes deben ser recibidas (sin matasellos) antes del último día del período de solicitud, a más tardar a las 5:00 p.m.
Una vez recibida, el Secretario de Votación Adelantada enviará la boleta solicitada dentro de los siete días. El Secretario de Votación Adelantada debe recibir las boletas completas antes del día de elección. El Servicio de Correos de los Estados Unidos (USPS) aconseja planificar un plazo de devolución de 7 a 10 días. El franqueo recomendado es de $ 0.70. Las boletas también se pueden dejar en persona en la Corte de Justicia del Condado de El Paso con una identificación requerida solo el día de elección.
Para más información sobre la boleta por correo, visite la página, Boleta Electoral por Correo. Para obtener una lista de formas de identificación aceptables, visite la página, Identificación Requerida para Votar.
Durante el período de votación adelantada, los votantes pueden acudir a CUALQUIER lugar para emitir su voto. Utilice el sitio web o la aplicación móvil para encontrar el lugar de votación adelantada más cercano, horarios de atención y tiempos de espera en tiempo real.
Los votantes ya no tienen que votar en un lugar de votación específico dentro de su precinto. El día de elección, los votantes pueden acudir a CUALQUIER centro de votación para emitir su voto. Utilice el sitio web o la aplicación móvil para encontrar el centro de votación más cercano y los tiempos de espera en tiempo real.
El Proyecto de Ley de la Cámara 25, aprobado durante la 85.ª Sesión Legislativa, eliminó el voto por partido completo a partir del 1 de septiembre de 2020 (Sección 64.004 del Código Electoral de Texas). Si desea votar por todos los candidatos afiliados a un mismo partido, deberá seleccionar a cada candidato individualmente en su boleta electoral. Los votantes pueden llevar una boleta de muestra impresa, folletos, panfletos o notas escritas a mano relacionadas con la elección para usar como referencia mientras votan.
Si un votante no puede físicamente ingresar al lugar de votación sin asistencia o existe la posibilidad de que su salud sufra daños, puede solicitar que un trabajador electoral lleve una unidad de votación ya sea durante el periodo de votación adelantada o el día de elección a su automóvil en la entrada del lugar de votación. A todos los votantes en la acera se les permitirá la misma privacidad que a un votante en las urnas.
Para obtener más información, comuníquese con nuestra oficina al (915) 273-3597.